La Cámara de Casación confirmó la condena contra Cristina Fernández de Kirchner

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La Sala IV del tribunal ratificó la condena a 6 años de prisión por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública que le había dictado el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 en diciembre de 2022.

Por el momento, la ex presidenta no irá presa ya que el fallo no está firme y puede ser apelado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La Cámara de Casación, además, ratificó las condenas que había dictado el Tribunal Oral contra Lázaro Báez, José López y los responsables de Vialidad nacional y de la provincia de Santa Cruz. También se confirmó la absolución de Julio De Vido y Abel Fatala.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a 6 años de prisión contra la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner (Frente para la Victoria) en la causa “Vialidad”. Los jueces ratificaron la sentencia dictada en diciembre de 2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2.

Es la primera causa judicial en la que se condena a Fernández de Kirchner, aunque no irá presa ya que todavía el fallo no está firme porque la ex presidenta puede recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Qué resolvió la Cámara de Casación

En la audiencia, Gustavo Hornos, presidente de la Sala, leyó la parte resolutiva de la sentencia, en la que se confirmaron todas las condenas y absoluciones dictadas por el Tribunal Oral. En el caso de la ex presidenta, se la condenó a 6 años de prisión por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública pero se la absolvió por la acusación de asociación ilícita. También se le dictó la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

También se confirmaron las condenas dictadas por el Tribunal Oral contra el empresario Lázaro Báez (6 años); el ex secretario de Obras Públicas de la Nación, José López (6 años); el ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), Nelson Periotti (6 años); los ex responsables de la DNV en Santa Cruz, Mauricio Collareda (4 años) y Raúl Daruich (3 años y 6 meses); y los ex titulares de la Administración General de Vialidad de la Provincia de Santa Cruz, Juan Carlos Villafañe (5 años), Raúl Pavesi (4 años y 6 meses) y José Santibáñez (4 años).

También confirmó la absolución del ex ministro Julio De Vido y del ex subsecretario de Obras Públicas Abel Fatala. Además, se ordenó el decomiso de $ 84 mil millones.

Qué dijo Cristina Fernández de Kirchner

El martes, un día antes de la confirmación de la condena, la ex presidenta publicó un comunicado en sus redes sociales en el que dio por hecho que la Cámara de Casación ratificaría el fallo del Tribunal Oral y cuestionó a los jueces y fiscales que intervinieron en el proceso.

“¿Por qué me condenan “Los Copitos de Comodoro Py”? Por un delito que como Presidenta nunca pude haber cometido: el de administración fraudulenta en obras viales, aprobadas por el Parlamento en los presupuestos nacionales, licitadas, ejecutadas y pagadas por el gobierno de la Provincia de Santa Cruz y aprobada su rendición de cuentas por la Auditoría General de la Nación y el Congreso de la Nación desde el 2003 al 2015”, señaló Fernández de Kirchner.

Y agregó: “Tan es así, que ningún Jefe de Gabinete de la Nación -constitucionalmente responsable de la ejecución del presupuesto y la administración del país- fue acusado y que el propio Ministro nacional responsable del área durante nuestros tres gobiernos, fue absuelto. Se vuelve de cualquier lugar menos del ridículo”.

Cómo sigue la causa “Vialidad”

Cristina Fernández de Kirchner ya fue condenada en 2 instancias, pero por el momento no irá presa. Es que el fallo aún no se encuentra firme, ya que la ex presidenta aún puede recurrir vía recurso extraordinario o recurso de queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el máximo tribunal del país.

El mismo criterio aplica para la inhabilitación para ejercer cargos públicos. Es decir que mientras el fallo no esté firme, podría ser candidata a cargos electivos.

Si la Corte Suprema confirmara la sentencia de los 2 tribunales inferiores, la condena estaría en condiciones de ejecutarse. Sin embargo, la Corte no tiene plazos para expedirse.

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